ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS (ANP)

Son espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, reconocidos, y declarados como tales, incluyendo sus categorías y zonificaciones, para conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajista y científico, así como por su contribución al desarrollo sostenible del país.
Constituyen patrimonio del Nación. su condición debe ser mantenida a perpetuidad pudiendo permitirse el uso regulado del área y el aprovechamiento de recursos, o determinarse la restricción de los usos directos.
Fuente: Ley 26834 Ley de Áreas Naturales Protegidas


Es Un espacio geográfico claramente definido, reconocido, dedicado y gestionado, mediante medios legales u otros tipos de medios eficaces para conseguir la conservación a largo plazo de la naturaleza y de sus servicios ecosistémicos y sus valores culturales asociados.
Dudley, N. (Editor) (2008). Directrices para la aplicación de las categorías de gestión de áreas protegidas. UICN

Un área geográficamente definida que esta designada o regulada y gestionada para lograr específicos objetivos de conservación
Convenio sobre la Diversidad Biológica (CBD)


Parque Nacional Los Glaciares, Argentina
Fotografía: José Gonzales

Reserva Paisajística Nor Yauyos-Cochas, Perú
Fotografía: rpnycperu.blogspot.com





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